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 Convenio de doble imposición entre la República Federal de Alemania y la Confederación Suiza

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Convenio de doble imposición entre la República Federal de Alemania y la Confederación Suiza
El acuerdo de doble imposición entre la República Federal de Alemania y la Confederación Suiza (DTA Alemania-Suiza para abreviar) regula cuál de los dos países tiene derecho a gravar determinados ingresos y activos. El objetivo del acuerdo es evitar la doble imposición de las personas físicas y jurídicas que realizan actividades económicas transfronterizas en ambos países y prevenir la evasión fiscal.

Desarrollo histórico
La primera versión del acuerdo fue firmada el 15 de julio de 1931. El acuerdo actual data del 11 de agosto de 1971. Desde entonces, ha sido adaptado varias veces mediante protocolos de modificación a los estándares internacionales modernos, particularmente en lo que respecta al intercambio de información en materia tributaria.

Revisión 2010: Introducción del intercambio de información según el estándar de la OCDE (Art. 26), que marcó el fin del estricto secreto bancario hacia las autoridades fiscales alemanas en caso de sospecha razonable.

Revisión 2023/2024: Ajustes a los resultados del proyecto BEPS (Base Erosion and Profit Shifting) para combatir la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios.

Regulaciones centrales
Residencia (Art. 4)
El Acuerdo se aplica a personas residentes en uno o ambos Estados Contratantes. En el caso de doble residencia (residencia en ambos países), la llamada regla de desempate (centro de intereses vitales) decide la asignación de impuestos.

Normas para los viajeros transfronterizos (Art. 15a)
Una característica especial de las relaciones entre Alemania y Suiza es la regulación de los desplazamientos transfronterizos.

Definición: Un viajero transfronterizo es alguien que trabaja en un país pero regresa regularmente (diariamente) a su lugar de residencia en el otro país.

Tributación: El país de residencia (país de residencia) tiene el derecho primario de tributación. Sin embargo, el país de trabajo podrá aplicar una retención en origen de un máximo del 4,5%, que se acredita en el país de residencia.

Beneficios sociales y establecimientos permanentes (Art. 5 y 7)
Las ganancias corporativas generalmente se gravan en el país en el que la empresa es residente, a menos que mantenga un establecimiento permanente en el otro país. En este caso, el país en el que esté ubicado el establecimiento permanente tiene derecho a gravar las ganancias allí generadas.

Dividendos, intereses y regalías (Artículos 10-12)
Dividendos: pueden estar sujetos a impuestos en el país de origen, pero el impuesto generalmente se limita al 15% (a menudo más bajo para participaciones importantes en empresas, a veces al 0%).

Intereses y licencias: Generalmente tributan exclusivamente en el país de residencia del destinatario.

Pensiones y pensiones (Art. 18 y 19)
Las pensiones de derecho privado suelen tributar en el país de residencia. En el caso de las pensiones de servicio público, generalmente se aplica el principio del estado de caja (imposición del lugar de origen de los ingresos), siempre que el beneficiario no tenga la ciudadanía de su país de residencia.

Características especiales: Transferencia de activos
El acuerdo contiene disposiciones específicas para prevenir la elusión fiscal, como las regulaciones sobre impuestos de salida y la tributación de artistas y atletas.

Clasificación jurídica
En Alemania, el acuerdo se transformó en ley nacional mediante una ley federal. Tiene prioridad sobre la legislación tributaria general alemana (EStG, KStG) como lex specialis en la medida en que limita la obligación tributaria.

Ver también
Convenio de doble imposición

Derecho fiscal (Alemania)

Derecho fiscal (Suiza)

Enlace web
Texto del acuerdo en el sitio web del Ministerio Federal de Finanzas (DE)

Cobro legal sistemático de Suiza (SR 0.672.913.62)

Nota: este texto tiene fines informativos y no constituye asesoramiento fiscal.

More details: https://de.wikipedia.org/wiki/Doppelbes ... ssenschaft

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