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 Normas para proceder en el discernimiento de supuestos fenómenos sobrenaturales

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'''''Normas para proceder en el discernimiento de supuestos fenómenos sobrenaturales''''' es un documento de 2024 escrito por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe de la Santa Sede que describe el proceso de discernimiento para afirmaciones de revelación privada, como las apariciones marianas. Reemplaza las Normas sobre la manera de proceder en el discernimiento de presuntas apariciones o revelaciones (normas de 1978), que eran menos restrictivas y remitidas a los obispos diocesanos locales para verificar sucesos "sobrenaturales". Según las nuevas disposiciones, sólo el Papa conserva dicha autoridad, mientras que las decisiones de los obispos se hicieron más neutrales.

==Historia==
Las preocupaciones sobre las revelaciones privadas y su rápida difusión a través de los medios de comunicación llevaron a la Congregación para la Doctrina de la Fe a reunirse en noviembre de 1974 para formular una política de discernimiento. El 28 de febrero de 1978, se anunciaron con la aprobación del Papa Pablo VI las Normas sobre el modo de proceder en el discernimiento de presuntas apariciones o revelaciones. El procedimiento era iniciado por el obispo diocesano correspondiente al lugar de aparición, quien realizaría una investigación y sopesaría criterios para discernir positiva o negativamente, siendo el primero designado como "''pro nunc Nihil obstat" ("por ahora, nada se interpone en el camino"). Se podría solicitar una evaluación adicional a las autoridades superiores de la Iglesia (Jerarquía de la Iglesia católica), incluida la Santa Sede.
Las preocupaciones se renovaron por el aumento de los medios sociales (Religión e Internet), el procedimiento largo y las bajas tasas de resolución. Un caso citado por ''The New York Times'' fue el de un visionario cuyos frecuentes mensajes en la estatua llorosa de Trevignano fueron negados por un obispo local, pero siguió siendo un sitio popular.
==Disposiciones==
===Proceso===
El proceso de discernimiento lo inicia el obispo diocesano del área correspondiente en diálogo con el Dicasterio. Si el alcance geográfico se extiende más allá de una diócesis, se puede establecer una comisión interdiocesana. El obispo diocesano, en colaboración con su conferencia episcopal nacional, formula una decisión que es revisada por el Dicasterio. La investigación comienza cuando el obispo diocesano recopila material informativo y consulta a todos los obispos relacionados para determinar los efectos pastorales. Si se determina que un juicio es beneficioso para controlar la situación, se forma una comisión de investigación compuesta por un teólogo, canonista y experto en los fenómenos relacionados. Luego se comparan las pruebas con criterios relativos a la formación de un culto, la dominación social y la manifestación adecuada de la piedad. Normalmente, el ''nihil obstat'', un juicio preventivo (prae oculis habeatur, curatur y sub mandato) o negativo (prohibetur et obstruatur y declaratio de non supernaturalitate) se decide explícitamente "de acuerdo con el Dicasterio". El discernimiento positivo ("constat de sobrenaturalitate"), a diferencia de las normas de 1978, está reservado al Papa.
===Análisis===
El cardenal Víctor Manuel Fernández expresó su esperanza de que el nuevo procedimiento ayudaría a tomar una decisión sobre Nuestra Señora de Medjugorje. En julio, afirmó además que casos como el de Nuestra Señora de Guadalupe, Lourdes (Nuestra Señora de Lourdes) y Fátima (Nuestra Señora de Fátima) serían "excepcionales", y que los fallos en general aún son "raros".
===Notas===

===Bibliografía===
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==Lectura adicional==
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Documentos del Dicasterio para la Doctrina de la Fe
2024 documentos
2024 en el cristianismo
Paranormal

More details: https://en.wikipedia.org/wiki/Norms_for ... _Phenomena

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